Como ya sabréis, el testamento hace referencia al acto mediante el cual una persona decide sobre el destino de sus bienes cuando se produzca su fallecimiento. Para prevenir problemas futuros, conviene ser asesorado por un abogado sobre la modalidad de testamento más aconsejable y su contenido. A continuación te explicamos en que casos carece de validez un testamento:
- Cuando es otorgado por un tercero. Al ser un acto personal, no puede encargarse a otro que otorgue el testamento en nombre del testador.
- Cuando es otorgado por dos o más personas de forma conjunta o mancomunada, independientemente de que sea en beneficio recíproco o en el de un tercero.
- Cuando el testador no tiene la capacidad necesaria para otorgarlo.
- Al no respetarse los requisitos formales necesarios para que sea válido.
- Si es revocado por el testador.
- Cuando se otorga el testamento con violencia, con conocimiento de la ilegalidad del acto o fraude.
- Cuando se otorga a favor de una persona incierta y que no puede ser identificada.
- En los testamentos ológrafos, cuando no se presenta el testamento ante el juez en el plazo de 5 años desde la fecha de fallecimiento del testador.
- Aquellos testamentos otorgados en peligro de muerte son ineficaces a los dos meses del cese del peligro que motivó la acción.
- En cuanto al testamento militar, resulta ineficaz a los cuatro meses del fin de la campaña o si, otorgado verbalmente, no se formaliza por los testigos que intervinieron.
- El testamento cerrado también es nulo si las cubiertas o el envoltorio que lo contiene aparecen rotos, si están borradas las firmas, etc. a no ser que se pueda probar que los desperfectos son causados por el propio testador en situación de enajenación mental.
En el bufete de abogados de Legalium podemos resolver cualquier duda o cuestión que pueda surgirte en relación al testamento o las herencias. No dudes en contactar con nosotros.