A diferencia de las prestaciones contributivas, que exigen unos requisitos mínimos de cotización, las prestaciones no contributivas se entregan a los ciudadanos que se encuentran en una situación de necesidad aunque nunca hayan cotizado o, habiendo cotizado, no lo hayan hecho durante el tiempo exigido en cada caso para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Su cobro se condiciona a un nivel máximo de ingresos.

El derecho a estas prestaciones no contributivas corresponde a todos aquellos ciudadanos españoles, nacionales equiparados y de la Unión Europea, estando respecto a los nacionales de otros países a lo que se disponga en los tratados internacionales, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Qué estén residiendo legalmente en territorio español.
  • Que no tengan derecho a una pensión contributiva por no haber cotizado nunca o el tiempo suficiente para tener derecho a la percepción de una pensión contributiva.
  • Que carezcan de ingresos suficientes.

Se entenderá que no existen ingresos suficientes cuando las rentas o ingresos de que disponga el solicitante sean inferiores al importe de la pensión que solicita en su cómputo anual.

Si estos ingresos son inferiores a dicha suma y se convive con familiares, para que el solicitante pueda percibir la prestación, la suma de las rentas o ingresos anuales de las personas con las que convive deberá estar dentro de los límites que reglamentariamente se aprueben.

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