A partir del pasado 1 de Julio ha entrado en vigor el nuevo Código Penal, con la modificación de 200 artículos sobre el anterior y con conceptos destacados como los que comentamos a continuación.

Prisión permanente revisable:

Concepto: una vez cumplida la parte mínima para el delito en cuestión, el tribunal debe valorar las circunstancias del penado y si acredita un pronóstico favorable de reinserción social, pudiendo obtener la libertad condicionada al cumplimiento de ciertas medidas.

  • En el nuevo código penal se contempla para los supuestos de especial gravedad como el asesinato de menor de 16 años, el asesinato de un delito precedido de un delito contra la libertad sexual, o el que se comete por persona que pertenece a una organización criminal.
  • Se endurecen las penas por delitos de corrupción, y también la inhabilitación especial para empleo o cargo público en los delitos de prevaricación administrativa, revelación de secretos, cohecho o tráfico de influencias..
  • Asimismo se amplían los plazos de prescripción de los delitos en los supuestos más graves.

Financiación ilegal de partidos políticos:

Se castiga a las personas que reciban o acepten donaciones ilegales, o que participen en estructuras u organizaciones cuyo fin sea el de financiar ilegalmente un partido político.

Protección a los menores:

  • En el nuevo código penal se endurecen las sanciones penales en los casos de abusos sexuales, explotación sexual de menores y pornografía infantil. Se eleva la edad del consentimiento para mantener relaciones sexuales a los 16 años (anteriormente estaba en los 13 años).
  • Se establecen sanciones para el que a través de medios tecnológicos, contacte con un menor de 15 años y le embauque para que le facilite imágenes de carácter pornográfico.

Maltrato animal:

El abandono de animales domésticos se sigue considerando infracción penal. Será un tipo atenuado de maltrato de animales.

Violencia familiar:

En el nuevo código penal se crean nuevos tipos delictivos que tienen por objeto un incremento de protección de las mujeres: matrimonio forzado, delito de acoso u hostigamiento, o las explotaciones sexuales. Se castiga la divulgación de grabaciones obtenidas con consentimiento y divulgadas sin él.

Atentado contra medicos o profesores:

  • En el nuevo código penal se dispone una nueva definición de atentado que incluye todos los supuestos de agresión, empleo de violencia, o amenazas.
  • Se considera atentado al que se cometa contra funcionarios de sanidad o educación, en el ejercicio de sus funciones.

Despenalización de faltas:

Se despenalizan un importante número de infracciones penales de las clasificadas como faltas y pasan a convertirse en infracciones administrativas en el nuevo código penal. Otras antiguas faltas, no dejan de considerarse infracciones penales, pero bajo la denominación de delitos leves, que es un tipo atenuado del delito en sí.

 

A 3 de Julio de 2015