LEY 18/2022, CREA Y CRECE.
Con la Ley 18/2022, del 28 de septiembre, de Creación Y Crecimiento de Empresas, el legislador pretende agilizar la constitución de nuevas sociedades mercantiles, mejorar la competitividad empresarial , promover la digitalización y acabar con la morosidad, reduciendo los tiempos de pago.
Éstas son algunas de las novedades que contiene la Ley Crea y Crece:
- En cuanto a la lucha contra la morosidad comercial, la norma incluye el período medio de pago como criterio de valoración para el acceso a subvenciones y contratación pública.
- Con respecto a la facturación, se generaliza el uso de la factura electrónica en operaciones entre empresarios y profesionales como medida de digitalización empresarial, así como mecanismo de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
- Se recuerda a que partir de 1 de julio de 2025, las empresas con ingresos inferiores a 6 millones deberán proporcionar su facturación de inmediato a la Agencia Tributaria.
- Esta obligación no se relaciona con la obligación de emitir facturas digitales impuesta por la ley Crea y Crece, sino con el Reglamento conocido como VERIFACTU, para cumplir con los requisitos impuestos por la ley antifraude ( Ley 11/2021 de 9 de julio de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal). La facturas deberán llevar un código QR que contenga la información de la factura.
- Código, que será sustituido por el nuevo formato de la factura electrónica cuando esta se empiece a aplicar (en 2026).
Hay confusión en la aplicación de los plazos de la factura electrónica porque se confunden dos reglamentos ;
- El Gobierno tenía de plazo hasta abril de 2023 para aprobar el reglamento de la factura electrónica. De haberse cumplido el plazo, la factura electrónica hubiera sido obligatoria para los autónomos en 2025.
- A finales de 2023 se aprobó el reglamento de programas de facturación privados, que se empezará a aplicar en julio de 2025.
Ley antifraude ( 01/07/2025)
Por otro lado volviendo a la factura electrónica:
La ley pretende regular la obligatoriedad de intercambio de facturas entre empresas y profesionales (B2B) mediante el uso de facturación electrónica.
La obligatoriedad de usar la facturación electrónica (e-factura) tiene dos plazos diferenciados:
- Las empresas con una facturación anual que supere los 8 millones de euros, van a tener un plazo de 1 año tras la publicación de la Ley Crea y Crece para usar la facturación electrónica en sus procesos de trabajo y comunicar los pagos.
- El resto de las empresas, con una facturación inferior a los 8 millones de euros, tendrían un plazo de 2 años para adaptarse a la nueva obligación y usar la factura electrónica..
- Se establece la posibilidad de crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de tan solo un euro, frente a los 3.000 euros que exige la ley actualmente.
- Se introducen reformas específicas para facilitar la constitución de empresas de forma rápida, ágil y telemática, a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresa (CIRCE).
- Se flexibilizan los mecanismos de financiación alternativa con el fin de potenciar los instrumentos de financiación del crecimiento empresarial.