¿Cómo es el procedimiento de un divorcio? ¿Cual es la documentación necesaria? ¿Cuanto tiempo se necesita para tramitar un divorcio?

A continuación se destacan los puntos claves en el procedimiento de un divorcio en España:

Nos referimos exclusivamente al procedimiento judicial de divorcio. En esencia si el divorcio es de mutuo acuerdo (consensual), lo único que constituye el procedimiento es la redacción de un convenio regulador. Lo cual no es otra cosa que un contrato post matrimonial, en el que se regulan los aspectos que la ley exige, para lo que viene después del matrimonio.

  • Los pagos de pensiones (ya sean de alimentos a favor de los hijos habidos en el matrimonio, o compensatoria entre cónyuges)
  • Las visitas que se establecerán entre el progenitor no custodio y los hijos
  • El ejercicio de la patria potestad (que lo constituyen las decisiones que habrán de adoptarse por la falta de capacidad legal del menor)
  • Como se van a disponer los periodos de vacaciones
  • Y cualquier otro aspecto que suponga el acuerdo de los cónyuges y que guarden relación con los hijos

El procedimiento de divorcio

Para el caso de procedimiento de divorcio, lo primero que hay que acreditar es la existencia de matrimonio, para lo cual habrá que aportar en el procedimiento la certificación expedida por el Registro Civil, de la existencia de la celebración del matrimonio.

Además hay que justificar los hijos habidos durante el matrimonio, lo que se consigue con el certificado de nacimiento de cada uno de los hijos existentes y en el caso de hijos fallecidos, con el correspondiente certificado de defunción.

Otra pieza fundamental es el certificado de empadronamiento o último domicilio conyugal existente, ya que esto determinará el juzgado ante el que tenemos que presentar el procedimiento.

Una vez completada la documentación que debe presentar obligatoriamente el abogado, lo procedente es esperar que el juzgado admita el procedimiento y señale fecha del juicio. Para lo que dará traslado al otro cónyuge, para que alegue en un plazo corto, lo que a su derecho convenga, pero solo relacionado con los documentos acompañados al procedimiento, ya que bastará la voluntad de uno de los cónyuges para poder llevar a término el divorcio.

También es de señalar que no es necesario argumentar algún motivo que justifique la decisión del divorcio, ya que según la ley actual basta que uno de los dos componentes lo solicite, para que, si llevan mas de 3 meses casados, sea obligatoria su tramitación, repetimos, sin necesidad de argumentar otros motivos personales.

La solicitud de medidas provisionales

Como estos procedimientos son lentos en cuanto a su tramitación y hay cuestiones que no pueden esperar a que termine el procedimiento, como por ejemplo el que los menores tengan cubiertas sus necesidades vitales, es por lo que existe la posibilidad de la presentación de forma anticipada y sumaria el procedimiento lo que se denomina “SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES”. Como su nombre indica esta solicitud consiste en la adopción judicial de forma anticipada y provisional, de solución de aquellas cuestiones que no pueden esperar a que se desarrollo el procedimiento.

Después de la celebración del juicio, el juez determinará las condiciones de la separación que habrán de cumplir por separado cada uno de los cónyuges. Sino se está de acuerdo con la sentencia que dicte el juez, puede recurrirse ante la Audiencia Provincial correspondiente, pero difícilmente se obtienen modificaciones a las sentencias dictadas por un juez.